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EL REPARTO DE COMPETENCIAS ENTRE EL ESTADO Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

La regulación jurídica de las Comunidades Autónomas es una de las previsiones más importantes de la Constitución Española de 1978, que en su artículo segundo reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones, basándose en la premisa de la unidad indisoluble de la nación española. En líneas generales, puede decirse que existe sólo un Estado Español, en el que no obstante, se reconocen una pluralidad de regiones con particularidades propias, estableciéndose su autonomía (no independencia) y otorgándoseles potestades legislativas.
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